sábado, agosto 20, 2011

Comunicado sobre el proyecto de Ley de "Reproducción Asistida" (fecundación artificial)

Asociación "Familia y Vida"

La “reproducción asistida” es un procedimiento por el cual se busca remediar de algún modo el drama de las parejas que padecen esterilidad. Consiste en extraer un óvulo de la mujer y fecundarlo con un espermatozoide de un donante, que puede ser el esposo u otro hombre. El embrión humano resultante se implanta en el vientre de la mujer para que siga con el ciclo del embarazo.

Para asegurar el éxito del tratamiento, se fecundan varios óvulos. El proyecto de ley que está en el Parlamento establece que se obtendrá un máximo de tres embriones por tratamiento y que todos los embriones producidos serán transferidos al vientre de la madre, salvo excepciones que el proyecto también prevé, en cuyos casos podrán ser preservados para ser utilizados por otra mujer. La forma de preservarlos es mediante congelamiento o técnicas similares.

El proyecto de ley establece una pena de uno a tres años de prisión por la muerte voluntariamente provocada de uno de estos embriones. Al mismo tiempo se autoriza a realizar sobre el embrión así producido diagnósticos de viabilidad o de enfermedades hereditarias.

El hablar de producción, utilización y manipulación de un ser humano ya nos dice que en este proyecto de ley no se respeta suficientemente la dignidad de la persona humana.

Estos embriones son seres humanos ya existentes y dotados del derecho básico a la vida y a la dignidad propio de todo ser humano. El mismo proyecto lo reconoce cuando penaliza la muerte intencionalmente provocada de estos embriones que ni siquiera han sido transferidos al vientre materno. Esto debe ser tenido en cuenta, nos parece, en otro debate que se lleva a cabo actualmente, sobre la despenalización del aborto.

Nos preguntamos qué va a suceder con los embriones a los que se diagnostique “inviabilidad” o alguna enfermedad hereditaria. Obviamente, no van a poder ser “utilizados” por ninguna pareja. Por otra parte, el proyecto establece pena de cárcel para el que los mate. ¿Serán conservados indefinidamente, con los gastos que eso conlleva?

En ese sentido, surgen dudas a propósito del pasaje del proyecto que establece que el Ministerio de Salud Pública podrá modificar las condiciones de conservación de estos embriones “en orden a una mejor y más pronta disposición y preservación de los elementos genéticos involucrados”.

¿Qué se entiende por “más pronta disposición”, cuando se trate de embriones que no podrán ser “utilizados” por su “inviabilidad” o sus enfermedades hereditarias? Entendemos que este proyecto de ley favorecerá la instalación de una mentalidad discriminadora que considerará válido negar el derecho a la vida a algunos seres humanos en virtud de algunas de sus características genéticas.

Por otra parte, si se tiene que producir varios embriones, y todos los embriones resultantes de la técnica se transfieren al vientre materno ¿se espera que los partos sean necesariamente de mellizos o trillizos? ¿Qué va a pasar cuando la voluntad de los padres sea tener solamente un hijo? En estos casos, parece inevitable que se quiera hacer la “selección intrauterina”, abortando a los “no deseados”.

De hecho, la transferencia de múltiples embriones se hace debido al alto porcentaje de fallos con los consiguientes abortos que se producen en estas técnicas.

Por estas razones, vemos que el proyecto no ofrece garantías suficientes de proteger el derecho a la vida del ser humano desde que existe, es decir, desde la concepción. Nos parece totalmente adecuada la frase utilizada en una campaña contra una ley semejante en Costa Rica:

“Hola, soy Sofi, la tercera de tres hermanitos, y aunque mis papitos me amen con todo su corazón, sé que para venir al mundo mis otros siete hermanitos murieron en un laboratorio.”


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